Antonio Campos Abogados

Información sobre la Prevención del Blanqueo de Capitales

Sujeción a la Ley

Como despacho de abogados, Asesoría Jurídica Integral A4 está obligado a aplicar procedimientos de diligencia debida en determinados servicios, especialmente aquellos relacionados con transacciones económicas, constitución de sociedades, operaciones inmobiliarias, etc.

Identificación del Cliente

Cuando proceda, se podrá solicitar información y documentación relativa a la identidad del cliente, su actividad económica, titularidad real, origen de fondos u otros datos necesarios.

Obligación de Conservación

Los datos e información recabados en el marco de esta obligación serán conservados durante un periodo mínimo de 10 años conforme al artículo 25 de la Ley 10/2010.

Obligación de Comunicación

El despacho podrá estar obligado a comunicar al SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales) determinadas operaciones cuando exista sospecha fundada de vinculación con blanqueo o financiación del terrorismo.

Confidencialidad y Deber Profesional

Estas obligaciones no suponen una vulneración del secreto profesional, ya que derivan del cumplimiento de una norma con rango de ley.

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